TRÁMITES Y PERMISOS

Queremos recordarte que el INCAA (Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales) no se hace responsable de la gestión de los siguientes trámites. Estos son procesos que deben ser llevados a cabo por los organismos correspondientes, y aunque desde el INCAA tratamos de brindar toda la información necesaria, no nos hacemos responsables por eventuales inconvenientes o demoras en el proceso. En caso de dudas o consultas, recomendamos siempre contactar al organismo responsable del trámite en cuestión. ¡Gracias por tu comprensión!

Solicitud de reconocimiento Coproducción Internacional

Toda persona jurídica o física/humana inscripta como productora en el Registro Público de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual (RPACA) y en INCAA en Línea puede presentarse a solicitar el reconocimiento de coproducción ante el INCAA.

para presentar una Solicitud de Reconocimiento de Coproducción Internacional tenes que completar el formulario correspondiente en https://extranet.incaa.gob.ar/, lo descargás, realizás la presentación y generás el expediente en https://tramitesadistancia.gob.ar en “Solicitud de Reconocimiento de Coproducción Internacional”. Todas las presentaciones posteriores tendrás que hacerlas en INCAA en Línea.

Si queres solicitar, incorporar o modificar información del formulario Solicitud de Reconocimiento de Coproducción internacional debes realizarlo a través de INCAA en Línea en: Presentaciones–> Nueva Presentación–> Etapas del proyecto–> Título del proyecto–> Crear nuevo–> Selección del hito*–> Selección de proyecto–> Descripción–> Documentación adjunta (si corresponde) –> Finalizar y presentar.
*“Solicitud de pedido de trámite, incorporación y/o modificación del Formulario de Reconocimiento de Coproducción internacional”.

Los requisitos para solicitar el reconocimiento de la coproducción internaciona ylos recaudos generales de presentación estan consignados en el artículo 11º del Anexo I de la Resolución INCAA N° 1-E/2017 junto con los consignados en el Acuerdo o Tratado Internacional marco que se aplica al acuerdo que vas a firmar con la o las coproductora/s.

El contrato al ser entre privados debe contener minimamente:
-fecha de suscripción;
-título del proyecto;
-porcentajes participativos de las partes en forma claramente delimitada y expresada;
-acuerdo internacional que los va a regir;
-idioma en que van a realizar la coproducción;
-lugar de rodaje;
-presupuesto discriminado por rubros en la moneda que determinen los coproductores y en pesos argentinos que reflejen el porcentaje de participación de cada uno de ellos;
-distribución de territorios;
-previsión acerca de incumplimiento contractual, formalidad a cumplir en caso de rescisión de contrato;
-las firmas deben encontrarse insertas en el documento, tener su aclaración y coincidir con las partes mencionadas en el encabezado del contrato, debiendo estar certificadas y legalizadas;
-si son personas jurídicas debe acreditarse la personería legal de quien firma el contrato. Siempre es conveniente que la acreditación de personería surja de la certificación de firma efectuada por el notario.

Podés consultar los Convenios y Acuerdos Internacionales vigentes aquí.

Si no hay acuerdo con el país coproductor, podés hacer una coproducción siempre que se trate de películas, pero tiene que ser necesariamente con aporte técnico artístico y financiero efectivo. Podés ver el artículo 11 del Anexo I de la Resolución INCAA 01-E/2017

El pedido de reconocimiento de coproducción se debe hacer SIEMPRE previo al inicio de rodaje del proyecto.

Las coproducciones pueden no necesariamente deben ser financieras, depende cuál sea el Convenio marco. Actualmente es posible realizar coproducciones financieras con Alemania, España y los países que integran el Protocolo de Enmienda al Acuerdo Iberoamericano.

Si necesitás algún documento previo a la Resolución de Reconocimiento de Coproducción del Proyecto, podés pedir el certificado de coproducción en trámite a través de INCAA en Línea o por el hito

Recordá que toda la documentación se presenta a través de la plataforma INCAA en Línea.

Si querés rescindir el contrato que firmaste con los coproductores debés informar al INCAA ni bien ocurra, y proceder de acuerdo a lo establecido en el contrato firmado. En caso de no estar consignada la posibilidad de rescisión en el contrato, debés presentar la rescisión firmada por las partes, certificada y legalizada.

si Necesitas incorporar o desvincular a una parte, es necesario que presentes una adenda al contrato de coproducción. La incorporación o cesión de derechos puede estar prevista en el contrato presentado originalmente, y la misma debe estar firmada, certificada y legalizada por todas las partes, debiendo cumplir con los requisitos del acuerdo marco elegido en cuanto a porcentajes y aportes técnico-artísticos.

Deberás realizarlo por medio de la plataforma INCAA en Línea por el hito “Solicitud de pedido de trámite, incorporación y/o modificación del Formulario de Reconocimiento de Coproducción internacional”

Si tenés alguna consulta y/o impedimento para poder cumplir con algún requisito, podés comunicarte al correo de coproducciones@incaa.gov.ar

Permisos laborales para ciudadanos extranjeros

Inscripción de productora en RENURE (Registro Único de Requirentes):

DOCUMENTACIÓN PERSONA JURÍDICA:

  • Nota solicitando la inscripción y detallando lo siguiente:

-Razón social

-N° CUIT

– Número inscripción ante Personas Jurídica

– Domicilio legal de la persona jurídica.

– Domicilio constituido de la Persona Jurídica (debe ser en la misma jurisdicción que el legal).

– Domicilio electrónico constituido de la persona jurídica.

– Actividad que desarrolla y motiva el pedido de inscripción (detallar el código de actividad en AFIP)

– Domicilio donde prestará servicios el extranjero.

– Datos de contacto (teléfono / correo electrónico).

  • Firmar el formulario de Declaración jurada

Las firmas tanto de la nota como del formulario deberán estar certificadas por escribano.

IMPORTANTE: El escribano deberá certificar las facultades del quien firma la nota.

La documentación requerida deberá ser enviada al mail Requirentes@migraciones.gov.ar

Mercosur: cuidadanos del MERCOSUR NO NECESITAN VISAS.

Se pueden radicar por nacionalidad, (RADEX) o pueden ingresar por 90 días como turistas.

Para más información ingresar a la página www.migraciones.gov.ar contacto único de consultas

Permisos filmación con niños, niñas y adolescentes

Trabajo artístico

Se entiende por trabajo artístico todo aquel que implique la participación de niños y adolescentes como actores o figurantes en cualquier tipo de actividad donde haya exposición pública, sea en obras de teatro o cinematográficas, en radio o televisión, en grabaciones, en casting, en modelaje, en circo y en publicidad.

La Argentina permite el trabajo de los niños, niñas y adolescentes en actividades artísticas en virtud de haber ratificado, mediante la Ley N° 24.650 (1996), el Convenio N° 138 de la OIT sobre la Edad Mínima de Admisión al Empleo, cuyo art. 8 establece:

  • La autoridad competente podrá conceder, previa consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores interesadas, cuando tales organizaciones existan, permisos individuales.
  • Los permisos concedidos limitarán el número de horas del empleo o trabajo objeto de esos permisos y prescribirán las condiciones en que puede llevarse a cabo.
  • Las administraciones laborales de cada una de las jurisdicciones están facultadas para establecer el procedimiento a seguir para el otorgamiento de autorizaciones de niños, niñas y adolescentes que trabajen en espectáculos artísticos.

El trabajo infantil artístico es legal cuando cuenta con una autorización especial individual que es otorgada por la autoridad administrativa laboral de la jurisdicción en la que ejercerá la actividad artística el niño/a. Para conocer el procedimiento, modalidad y contenido de la presentación contactarse con la Comisión Provincial de Erradicación de Trabajo Infantil (COPRETI) que corresponda.

Ingreso y traslado de equipos

Ingreso temporario de Equipo Audiovisual de periodistas y/o productoras audiovisuales extranjeros.

Aquellos periodistas de medios y/o productoras audiovisuales que deseen entrar al país con equipamiento temporario deberán cumplimentar ante autoridades aduaneras el procedimiento enmarcado en las Normas de Aplicación que conforman al Régimen General de Equipaje de Importación y Exportación, Resolución DGA 3751/94, Anexo IV (Categorías y Franquicias), Punto 3, “particularidades”, inciso J)

Resolución 3751/94 Dirección General de Aduanas

Formulario 1860A

La Dirección General de Aduanas exige para el Ingreso Temporario de Equipo audiovisuales la presentación del Formulario 1860A con la intervención de un garante con domicilio en la República Argentina en el marco de las Normas mencionadas en el punto anterior, y cuando el equipamiento a ingresar supere los U$S 5000 (Cinco Mil) dolares de valor, deberá confeccionarse una Importación Temporaria, en el marco de la Resolución General de AFIP N° 3628, bajo el régimen general de garantía vigente.

Aduana sugiere arribar al país con el formulario 1860A impreso y completo a fin de simplificar el trámite. Tanto en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza Ministro Pistarini como en el Aeroparque Jorge Newbery debe ser presentado físicamente en la oficina de Aduana con las especificaciones técnicas requeridas en el formulario luego de hacer Migraciones y previo a pasar el equipaje por los escáners. Caso contrario, Aduana proveerá de uno a aquellos que lo requieran, debiendo completarlo ahí mismo.

Ante cualquier duda, comunicarse con la Dirección General de Aduanas

Aduana Ezeiza: +54 9 011 4480-6485 / 6486 / 6487

Aduana Aeroparque: +54 9 11 4773-0971

Resolución General AFIP 3628

Parques Nacionales

La adminstración de Parques Nacionales es el ente nacional para la protección y conservación de lugares del territorio declarados como Parques Nacionales o áreas protegidas.

Noroeste
1. PN Calilegua / Jujuy
2. PN Los Cardones / Salta

Noreste
3. PN Iguazú / MisionesCentro
4. PN Talampaya / La Rioja
5. PN Quebrada del Condorito / Córdoba
6. PN El Palmar / Entre Ríos

Patagonia Norte
7. PN Lanín / Neuquén
8. PN Nahuel Huapi / Río Negro y Neuquén
9. PN Los Arrayanes / Neuquén
10. PN Lago Puelo / Chubut
11. PN Los Alerces / Chubut
12. PIMC Patagonia Austral / Chubut

Patagonia Austral
13. PN Los Glaciares / Santa Cruz
14. PN Tierra del Fuego / Tierra del Fuego

Para realizar registro de imágenes (cine, TV, publicidad, etc.) dentro del Parque Nacional Iguazú, dirigirse a la Administración de Parques Nacionales (APN) que se encuentra en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para comenzar el trámite correspondiente.

www.parquesnacionales.gov.ar

Dirección: Avda. Rivadavia 1475 Tel. (+54 11) 3985-3800 internos 11314/ 11315, Ciudad Autónoma de Buenos Aires

informes@apn.gov.ar

Locaciones públicas

Si estás buscando locaciones para tu próxima producción audiovisual, te invitamos a explorar lo que la Red de Film Commissions Argentinas tiene para ofrecerte. Nuestra red está conformada por diversas comisiones de filmación en todo el país, listas para brindarte asesoramiento y facilitarte el acceso a locaciones únicas y variadas.

Encontrarás un abanico de opciones que van desde imponentes paisajes naturales, como montañas, ríos y costas, hasta icónicos monumentos históricos y modernos espacios urbanos. Nuestras comisiones trabajan en estrecha colaboración con autoridades locales y propietarios de locaciones para garantizar un proceso de filmación eficiente y exitoso.

Además de nuestras locaciones de alta calidad, contarás con el respaldo de un equipo profesional y experimentado que te brindará toda la información necesaria sobre permisos, regulaciones y servicios adicionales disponibles en cada destino. Nuestra red está comprometida en hacer de tu experiencia de filmación en Argentina una experiencia memorable y exitosa.

Explora nuestras locaciones  y descubre por qué Argentina es un destino preferido para la industria cinematográfica. ¡Te esperamos con los brazos abiertos en la Red de Film Commissions Argentinas!

RED DE FILM COMMISSIONS

Legislación laboral tecnicos

SICA

El Sindicato de la Industria Cinematográfica Argentina (SICA) es una organización que representa y defiende los derechos e intereses de los trabajadores de la industria cinematográfica en Argentina. Es el principal sindicato del sector y agrupa a diferentes categorías profesionales, incluyendo directores, técnicos, guionistas, maquilladores, entre otros. Nuclea a los trabajadores de largometrajes, animacion y publicidad.

El SICA se encarga de negociar y establecer convenios colectivos de trabajo que regulan las condiciones laborales, salarios, horarios y beneficios para los trabajadores de la industria cinematográfica. Además, brinda asesoramiento legal y apoyo a sus afiliados en temas relacionados con sus derechos laborales.

www.sicacine.org.ar

Juncal 2029 CABA – CP C1116AAE
+5411 4806 0208
+5411 4806 7544
sicaapma@sicacine.org.ar
@sica.sindicatocine
@sicaapma

 

SATSAID

El SATSAID representa a trabajadores de Productoras de contenidos audiovisuales para TV Abierta, TV por Suscripción, Plataformas OTT, Redes propias y/o de Terceros, Video juegos, Comerciales, YouTube, Internet, etc; canales de aire (incluso los de baja potencia) y señales de televisión; TV por Cable, Circuitos cerrados de TV, Sistemas codificados, Antenas comunitarias, TV Satelital y TV Digital Terrestre; Tendido e instalación de redes de circuitos cerrados de TV;Empresas de servicios satelitales, Tele puertos y centros de copiado;Móviles de Exteriores; Empresas de animación audiovisual y de todo tipo de servicios de post-producción; Empresas contratistas que brinden servicios para cualquiera de las actividades descriptas precedentemente; Servicios afines y/o complementarios a todos los descriptos.

 

 WEB

info@satsaid.com.ar

 

 

Legislación laboral actores

 

AAA (Asociación Argentina de Actores)

La AAA establece las condiciones de trabajo para los actores y actrices en Argentina.

Sede central: Calle Adolfo Alsina 1762 – Tel. (+54 11) 5281 9900

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

 

SAGAI

SAGAI es una asociación civil sin fines de lucro que gestiona y administra colectivamente los derechos de propiedad intelectual de actores, actrices, intérpretes de voz, bailarines y bailarinas abonados de manera compensatoria por la comunicación pública de sus obras.

Administración y atención al socio: Marcelo T. de Alvear 1490

Tel. (+54 11) 5219-0632  info@sagai.org
Tomas aéreas

En Argentina, la autoridad encargada de otorgar permisos para filmaciones con drones es la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC). Para obtener el permiso, es necesario presentar un formulario de solicitud en línea a través del Sistema de Trámites a Distancia (TAD) de ANAC. El formulario debe incluir información detallada sobre el uso del dron, las locaciones donde se realizarán las filmaciones y los datos personales del operador. Además, es importante tener en cuenta que existen restricciones y regulaciones específicas para el uso de drones en espacios públicos y privados en Argentina. Por lo tanto, se recomienda revisar las regulaciones vigentes de ANAC antes de solicitar el permiso.

ANAC | CAD

Filmación con armas

El uso de armas en filmaciones está regulado por leyes muy estrictas y requiere permisos y autorizaciones especiales por parte de las autoridades competentes. En Argentina, la autoridad encargada de otorgar los permisos para filmaciones que involucren armas es el Registro Nacional de Armas (RENAR), que es un organismo dependiente del Ministerio de Seguridad de la Nación. Para solicitar el permiso, es necesario presentar un proyecto detallado de la filmación, que incluya información sobre las armas a utilizar, el guión y la seguridad en el set de filmación, entre otros aspectos. También es importante contar con el asesoramiento de un especialista en seguridad y manejo de armas. Cabe destacar que el uso indebido de armas en filmaciones puede poner en peligro la integridad física de las personas y es sancionado por la ley.

ANMAC/RENAR

Filmación con animales

Si deseas filmar con animales en Argentina, deberás cumplir con la normativa establecida en la Ley de Protección Animal (Ley N° 14.346). La ley establece que los animales no pueden ser sometidos a maltratos, crueldad, ni a actos que les ocasionen sufrimiento innecesario. Además, existen regulaciones específicas para el uso de animales en espectáculos públicos y cinematográficos.

Para poder utilizar animales en tu filmación, debes obtener la autorización previa del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), que es el organismo encargado de garantizar el bienestar animal en la producción de espectáculos públicos. También es necesario contar con un veterinario acreditado para el cuidado y supervisión de los animales durante la filmación.

Es importante tener en cuenta que la utilización de animales en la producción cinematográfica debe ser justificada y no puede poner en riesgo su bienestar

 

Para más información: Senasa

Filmación con explosivos

Si deseas filmar con explosivos en Argentina, deberás solicitar permiso al RENAR (Registro Nacional de Armas) y al ANMAC (Agencia Nacional de Materiales Controlados). También es importante que te asegures de cumplir con todas las regulaciones y medidas de seguridad necesarias para evitar cualquier tipo de accidente o daño. Además, deberás obtener los permisos correspondientes de las autoridades locales y de la Film Commission de la zona donde deseas filmar. Es importante tener en cuenta que el uso de explosivos en producciones audiovisuales suele requerir un alto nivel de experiencia y conocimiento técnico, por lo que se recomienda contar con profesionales especializados en este tipo de efectos especiales.

ANMAC